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Pisos de estudiantes, coronavirus y mediación

José Ángel Galán, mediador de la Fundación ATYME
Una situación que no está contemplada en la serie de Decretos Leyes que ha dictado el Gobierno para afrontar las circunstancias socio económicas excepcionales y de urgencia, provocadas por el Covid-19, es la de los estudiantes universitarios que residen en pisos alquilados por la duración del curso y que, tras decretarse el cierre educativo, regresaron a sus domicilios familiares.

Muchos jóvenes se han encontrado fuera de las viviendas que tenían alquiladas hasta el final de curso, en algunos casos con todas sus cosas dentro y sin la posibilidad de volver a por ellas, y con la obligación de continuar pagando los meses en los que las casas estarán desocupadas, este tipo de alquileres son considerados como de uso distinto del de vivienda.

  • ¿Cuáles son los arrendamientos para uso distinto del de vivienda? Son contratos de arrendamiento que, recayendo sobre una edificación, su destino principal no es el de vivienda, es decir, el arrendatario no va a utilizar el inmueble arrendado para satisfacer su necesidad de vivienda habitual.
  • ¿De qué arrendamientos hablamos entonces? La Ley de Arrendamientos Urbanos señala que se incluyen en esta categoría los de vivienda de temporada (por ejemplo, los que se han durante el curso para estudiantes o para un trabajador trasladado a otra localidad…) y aquellos que se realizan para llevar a cabo en el inmueble alquilado una actividad económica.
  • ¿Cómo se encuentran regulados en nuestra ley? Estos contratos van a regirse, en primer lugar, por los acuerdos que las partes recojan en su contrato de arrendamiento, pudiendo pactar lo que consideren oportuno entre ellos sobre todos los extremos. Esto solo tiene una excepción: las normas relativas a la fianza y a la formalización del contrato, que son imperativas, es decir, obligatorias y hay que aplicar lo que viene expresamente determinado por la ley.

En todo aquello no previsto en el contrato, se aplican las mismas normas que a los arrendamientos de viviendas.

Algunos ejemplos de estas situaciones que se están produciendo son:

  • Hemos intentado hablar con el casero y no ha habido forma.
  • Le planteamos una rebaja y, no nos ha contestado aún.
  • Hemos tenido que ingresarle lo de este mes hace un par de días, y ahora mismo la situación no está para tirar dinero a la basura

La recomendación más habitual que los estudiantes en su situación han recibido como consecuencia de la falta de medidas desde el Gobierno: tratar de alcanzar un acuerdo satisfactorio con el arrendador.

Una buena solución tanto para la resolución de esta situación como para la negociación previa de las condiciones del contrato es acudir a MEDIACIÓN.

Fundación ATYME
Teléfono 900 908 104
Atención de lunes a viernes de 9:00 a 20:00 horas

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